Fiscalidad en la compraventa de viviendas de segunda mano en A Coruña (Guía 2025).

Comprar o vender una vivienda de segunda mano en A Coruña implica asumir ciertas obligaciones fiscales que muchas veces se desconocen. En Gran Coruña Inmobiliaria, queremos ayudarte a entender de forma clara y práctica qué impuestos se deben pagar, quién los paga y cuándo, para que puedas afrontar tu operación con total seguridad.

⚠️ Importante: La información fiscal incluida en este artículo es de carácter general y orientativo. Cada operación inmobiliaria puede tener particularidades legales o fiscales específicas. Es fundamental contar con un estudio individualizado para conocer con exactitud las obligaciones y beneficios aplicables a tu caso.

1. ¿Qué impuestos paga el comprador de una vivienda de segunda mano?

Al adquirir una vivienda usada en Galicia, el comprador debe asumir los siguientes costes fiscales:

🏠 Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Es el impuesto más relevante en este tipo de operaciones. Sustituye al IVA, que solo se aplica en viviendas nuevas.

Tipo general en Galicia (2025): 8% sobre el valor de compraventa o el valor de referencia (valor fiscal mínimo), si este último es superior.

Tipos reducidos en Galicia (2025):

Para la adquisición de vivienda habitual: 7%.

La adquisición debe documentarse en escritura pública y la suma del patrimonio de los adquirentes y, en su caso, de los demás miembros de sus unidades familiares no puede superar la cifra de 200.000 €, más 30.000 € adicionales por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero.

Para la adquisición de vivienda habitual por personas discapacitadas: 3%.

El adquirente debe ser una persona discapacitada física, psíquica o sensorial con grado de discapacidad igual o superior al 65 % y la adquisición se documentará en escritura pública.

Para la adquisición de vivienda habitual por familias numerosas: 3%.

Se exige que la suma del patrimonio de todos los miembros de la familia no supere los 400.000 €, más 50.000 € adicionales por cada miembro superior al mínimo para obtener la condición de familia numerosa, y que la adquisición se documente en escritura pública.

Para la adquisición de vivienda habitual por menores de 36 años: 3%.
La adquisición debe documentarse en escritura pública, constando la edad del adquirente, y la suma del patrimonio de este y, en su caso, de los demás miembros de su unidad familiar no puede superar la cifra de 200.000 €, más 30.000 € adicionales por cada miembro de la unidad familiar que exceda del primero..

✅ Este impuesto se liquida en la Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA), dependiente de la Consellería de Facenda de la Xunta de Galicia, dentro del plazo de un mes desde la firma del contrato de compraventa.

📜 Gastos notariales y registrales.

Aunque no son impuestos, son los gastos de la operación y pueden llegar a ser elevados.

Gastos de Notaría: la autorización notarial de la operación de compraventa mediante la protocolización en escritura notarial y demás trámites complementarios se calcula por arancel y suele ser pagadera por la parte compradora. En promedio, estamos hablando de unos 600 a 1.200 euros por una vivienda de precio medio en A Coruña.

Registro de la Propiedad (opcional): la inscripción del comprador como nuevo propietario no es obligatoria, pero en la práctica se hace más que recomendable y se da por supuesto. En promedio, estamos hablando de unos 400 a 600 euros por una vivienda de precio medio en A Coruña.

Gastos de gestoría (opcional): si compras con financiación bancaria, el banco suele exigir la intervención de una gestoría para tramitar la escritura y liquidar impuestos. El coste medio ronda los 300 a 500 euros.

Otros gastos (opcional): además de estos gastos habituales, pueden existir otros similares como la tasación del bien inmueble para la obtención de financiación.

2. ¿Qué impuestos paga el vendedor de una vivienda usada?

Vender una vivienda de segunda mano también tiene implicaciones fiscales. Los principales impuestos que afectan al vendedor son:

🔁 Plusvalía municipal (IIVTNU)

Este impuesto grava el aumento de valor del terreno (no del inmueble) desde que adquiriste la propiedad hasta que la vendes.

Se paga al Ayuntamiento donde radica la propiedad o en la Diputación provincial si ese Ayuntamiento lo hubiera delegado. No todos los Ayuntamientos tienen plusvalías municipales.

El importe varía según el tiempo que has sido propietario y la revalorización del suelo.

Desde 2022, puedes elegir el método de cálculo más favorable entre el real y el objetivo.
Si no hay ganancia, puedes quedar exento de pago.

📝 En Gran Coruña Inmobiliaria podemos ayudarte a calcular tu plusvalía antes de la venta, para que sepas qué esperar.

📈 IRPF: Ganancia patrimonial

La venta de una vivienda puede generar una ganancia patrimonial que debe declararse en la Renta (IRPF) del vendedor. Se tributa por la diferencia entre el valor de venta y el valor de adquisición que se hayan declarado (ajustado con gastos y mejoras). Los tipos impositivos en 2025 oscilan entre el 19% y el 28%, según el importe de la ganancia. Si reinviertes en una nueva vivienda habitual o si tienes más de 65 años y es tu residencia habitual, puedes estar exento de pago.

¿Quieres comprar o vender un piso de segunda mano en A Coruña?

En Gran Coruña Inmobiliaria te acompañamos en todo el proceso de compraventa, desde la valoración del inmueble hasta la firma en notaría para que no haya sorpresas.

✅ Calculamos tu ITP o plusvalía antes de cerrar la operación
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✅ Te acompañamos en cada paso con total transparencia

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